SMA formula cargos a Caserones por 23 infracciones de tipo grave y leve
La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) formuló cargos a Caserones tras encontrar una serie de incumplimientos respecto a lo establecido en los permisos ambientales de este proyecto minero ubicado en la Región de Atacama.
Este proceso sancionatorio -donde se encontró también modificaciones que no fueron calificadas ambientalmente- fue producto de una fiscalización programada, que la SMA realizó en abril junto a otros cinco servicios públicos y dio como resultado una docena de infracciones graves y once leves, relacionadas con los sistemas de manejo de agua, el monitoreo de diversas variables y el cambio del trazado, así como algunos elementos de la línea de transmisión que abastece de energía al yacimiento.
Entre los incumplimientos que figuran en el expediente -que también consigna la declaración del presidente ejecutivo de Lumina Copper, Nelson Pizarro, a mediados de octubre- está el no contar con la infraestructura para el manejo separado de las aguas que resulten afectadas en su calidad, para efectos de su tratamiento o reutilización.
Otra de las infracciones graves está relacionada con el inicio de operaciones del sistema de lixiviación (en uso desde marzo) sin contar con la validación por parte de la autoridad de los diseños y sistemas de monitoreo y control de infiltraciones. Lo mismo sucedió con el relleno sanitario, del depósito de lastre, el plan de acción de eventos de contaminación.
Otro cargo indica que la empresa no cuenta con un sistema de monitoreo robusto que haya sido validado por las autoridades competentes.
Ahora, la empresa minera controlada por Lumina Copper, que ayer no había sido notificada, tiene diez días para presentar un programa de cumplimiento y tras la aprobación de la SMA frenaría el proceso de sanción. De lo contrario, tiene 15 días para formular sus descargos ante la superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.
La ley establece que las multas para las infracciones graves pueden derivar en la revocación del permiso ambiental, la clausura de la instalación, o en una multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Fuente: DF