Rechazan reclamación de Pascua Lama en contra de la SMA por no aprobar Programa de Cumplimiento
Por unanimidad el Tribunal Ambiental de Santiago, rechazó la reclamación interpuesta por Compañía Minera Nevada SpA (CMN) en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que no aprobó el Programa de Cumplimiento presentado por el proyecto Pascua Lama.
La sentencia redactada por la ministra Ximena Insunza, señaló que «que, por todo lo señalado en los considerandos precedentes, el Tribunal concluye que la SMA no incurrió en el vicio de desviación de poder y aplicó correctamente el criterio de integridad, razón por la cual las alegaciones de la reclamante se rechazarán”.
Y el documento agregó «que, este instrumento se establece para proteger el medio ambiente, ya que el objetivo de su implementación es la corrección del incumplimiento normativo y de sus efectos de manera anticipada, sin tener que esperar la finalización del procedimiento administrativo sancionador y, eventualmente, una posterior etapa recursiva. Lo anterior, no obsta a que la presentación de un programa de cumplimiento sea una facultad que radique exclusivamente en el regulado, tal como lo señala expresamente el inciso 1° del artículo 42 de la LOSMA”.
La sentencia destaca que los programas de cumplimientos tienen un objetivo esencial, esto es, la protección del medio ambiente, corrigiendo los incumplimientos normativos y los efectos de estos en forma previa al término del procedimiento sancionatorio.
La resolución reclamada, está asociada a un segundo proceso sancionatorio llevado a cabo por la SMA contra Pascua Lama, donde se le formularon diez cargos asociados a flora y monitoreos sociales y de glaciares, entre otros. Una infracción fue calificada como gravísima, dos tienen carácter de graves, y siete son leves.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Rafael Asenjo, presidente, Sebastián Valdés y Ximena Insunza. No se condenó en costas a la empresa.
Cabe recordar que la Compañía Minera Nevada SpA presentó en mayo su Programa de Cumplimiento Ambiental, el cual fue rechazado por la SMA a través de la Res. Ex. N°7/ D-011-2015, de 24 de junio de 2015.
La reclamación fue ingresada al Tribunal Ambiental de Santiago el 28 de agosto de 2015 y admitida el 3 de septiembre del mismo año bajo el rol R-75-2015.